

Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal Del Cantón Jipijapa
ALCALDÍA
RESOLUCIÓN N° GADMCJ-2026-ALC-RES-0039
DR. ÁNGELA ESPERANZA PLÚA SANTILLÁN
ALCALDESA DEL CANTÓN JIPIJAPA CONSIDERANDO:
Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador (en adelante “Constitución”) establece que los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio nacional. Constituyen gobiernos autónomos descentralizados las juntas parroquiales rurales, los concejos municipales, los concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los consejos regionales;
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